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01.05.2025

Entra en vigor la nueva reforma migratoria

España ha implementado una ambiciosa reforma migratoria, que entra en vigor el 20 de mayo, con el objetivo de modernizar, agilizar y humanizar los procesos relacionados con la inmigración. Esta actualización legislativa busca no solo simplificar trámites, sino también ofrecer mayor seguridad jurídica, fortalecer la protección de trabajadores y empleadores, y alinear la normativa española con los estándares de la Unión Europea.

Visados: Más claridad y oportunidades

Se ha establecido un marco específico para la regulación de visados, clarificando competencias entre consulados y oficinas de extranjería. A partir de ahora, todos los visados tendrán una duración estándar de un año.

Uno de los avances más destacados es la introducción del visado de búsqueda de empleo, que permite residir legalmente en España durante 12 meses con el objetivo de encontrar trabajo. Además, ya no será necesario salir del país para solicitar una residencia de larga duración, tras haber tenido una temporal.

Tipos de visado disponibles:

  • Estancia de corta duración
  • Estancia de larga duración
  • Visado de residencia
  • Visado de tránsito aeroportuario
  • Visado extraordinario
  • Visado para la búsqueda de empleo

Arraigos: Un modelo único en Europa

España continúa siendo el único país de la UE que cuenta con mecanismos específicos para regularizar a personas en situación administrativa irregular. La reforma amplía y flexibiliza las vías de arraigo, facilitando el acceso a la residencia.

Entre las novedades más destacadas:

  • Nuevo arraigo de segunda oportunidad, dirigido a quienes perdieron su permiso de residencia y desean recuperarlo.
  • Se consolidan los arraigos sociolaboral y socioformativo.
  • El periodo exigido de residencia previa se reduce de tres a dos años (excepto para el arraigo familiar, que no requiere tiempo mínimo).

Tipos de arraigo reconocidos:

  • Social
  • Familiar
  • Segunda Oportunidad
  • Socioformativo
  • Sociolaboral

Reagrupación y Familiares de Españoles: Ampliación de derechos

Se amplían los supuestos en los que familiares de ciudadanos españoles pueden regularizar su situación:

  • Cónyuge o pareja, sin necesidad de estar casados legalmente ni ser pareja registrada.
  • Hijos hasta los 26 años, ampliando la edad límite anterior.
  • Padres de hijos españoles.
  • Cuidadores de ciudadanos españoles.
  • Familia extensa, incluyendo más vínculos familiares a cargo.

Esta reforma representa un paso significativo hacia una política migratoria más inclusiva y eficiente, alineada con los valores y estándares europeos. Con estas medidas, España no solo busca mejorar la gestión migratoria, sino también ofrecer nuevas oportunidades y mayor seguridad a todos los involucrados.